Últimamente, los alumnos me plantean muchísimas preguntas
relacionadas con el Patrocinio y la Telepromoción. Para entender mejor este
campo, necesitamos conocer el Real Decreto
1624/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
desarrollo de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación
Audiovisual, en lo relativo a la comunicación comercial televisiva. Os dejo
un enlace al texto legal: http://legislacion.vlex.es/vid/ley-audiovisual-comercial-televisiva-337059717#secc7
Dejo aquí alguna de las cuestiones que me llaman la atención con respecto del patrocinio, concretamente relacionadas con el punto IV. Según la ley general del patrocinio, no se permite actividad de patrocinio en programas de carácter informativo que se emitan todos los días. Pero como siempre, siempre hay peros. Se permite la excepción de actividad patrocinadora en las secciones del tiempo y de los deportes. ¿Informan estas secciones menos? A mi juicio, esto puede pasar, más que por que informen menos o sobre temas diferentes de menos importancia, esto es por dos razones. La primera, son dos de las partes que más audiencia tienen (aunque ahora, con el desarrollo de Internet esto pasa menos ya que cada cuál puede consultar sobre estos dos temas de gran interés para la vida cotidiana de los públicos en cualquier momento del día y la audiencia está menos pendiente de informarse corriendo en el último telediario de la noche del tiempo de mañana). La segunda, que así consiguen penetración en el espacio informativo, donde la conciencia de espectador está más pendiente de la información que le acaban de transmitir que de evitar la penetración de las marcas en sus mentes. Además, no me parece del todo lícito que se permita que las marcas estén también presentes en el único espacio que se dedica a informarnos plenamente, sea o no sólo en una parte, más teniendo en cuenta que ya los medios de por sí le dan "la forma que más le conviene". Tampoco me gusta ver, como se está viendo, que justo antes y después del telediario se permita patrocinio "referido" al programa de antes y después tan pegado al momento de emisión de estos. No se permite que se le patrocine pero... ¿Antes y después se patrocina a los programas que están próximos, y durante se patrocinan dos secciones? ¿Soy yo el único que entiende que si esto es así, en realidad sí que se están patrocinando los telediarios?
ResponderEliminarDesde mi punto de vista, no me parece del todo mal que los telediarios vengan "patrocinados", pero no en su totalidad. Me refiero a que no me incomoda el hecho de que antes y después de la emisión de estos espacios informativos, se muestre algún patrocinador, pues al fin y al cabo es publicidad y supone dinero para la cadena. Sin embargo, lo que sí me digusta en gran medida, y en esto estoy de acuerdo contigo, es que esto ocurra en MEDIO DEL TELEDIARIO. Considero, como espectadora, que ésto le quita mucha credibilidad al medio, a la cadena. El que un presentador, al terminar de contar una noticia, nos presente alguna una marca/compañía a modo de "consejo" -esto obviamente ya no sería patrocinio, pero me molesta de igual manera- da la impresión de que toda lo emitido en este espacio "meramente informativo" ha estado bajo la influencia de esas marcas... Por eso, Álvaro, considero que no eres el único que lo piensa, y que sí, puede llegar a resultar muy llamativo que ésto se produzca el las noticias; sin embargo, también es verdad que supone un ingreso para la cadena, y que al fin y al cabo, es otro soporte publicitario, que nos guste más o menos, resulta efectivo.
ResponderEliminarDe igual modo, aprovecho para exponer una duda referente a un anuncio de SEAT de hace unos años, en el que aparece la famosa ardillita de ICE AGE, y además de anunciar sus nuevos modelos, ¿"patrocina"? la nueva película de la saga: ICE AGE 4.
Aunque ambos anuncios no sean con vocablo propio de España -uno es de Argentina y el otro del Reino Unido- ambos fueron emitidos en España, porque yo recuerdo haberlos vistos, y varios compañeros también.
http://www.youtube.com/watch?v=6SlSUf-FqAU
(Argentina)
http://www.youtube.com/watch?v=P0Z3KAHJz_M
(Reino Unido)
En este sentido mi pregunta es... ¿cómo se "clasifica" este anuncio? Está claro que es publicidad comercial, pero... ¿también patrocinio?
Gracias.