viernes, 4 de noviembre de 2011

Código de Autorregulación de la Publicidad Infantil de Juguetes

http://www.autocontrol.es/pdfs/pdfs_codigos/Cod_2010%28AEFJ%29.pdf

4 comentarios:

  1. El Código de la Publicidad Infantil de Juguetes es un conjunto de normas deontológicas que afectan a la comunicación comercial dirigida a niños.El mismo se inserta en el marco de la estrategia de protección del menor que lleva en marcha la Asociación Española de Fabricantes de Juguetes (AEFJ) desde 1993, con el fin de establecer un conjunto de reglas que guiarán a las compañías jugueteras asociadas en el desarrollo, ejecución y difusión de sus mensajes publicitarios dirigidos a los menores.

    ResponderEliminar
  2. Resumen del Código (autores: Javier y Mario):
    I Parte:

    INTRODUCCIÓN
    La televisión y más concretamente la publicidad, se vale de su gran poder de persuasión, de su sutil mensaje “informativo”. Para hacer del niño un consumidor, atrae su atención recurriendo a multitud de técnicas como: el color, el sonido, la imagen, rimas fáciles, ritmo rápido en el cambio de los planos que condicionan una lectura automática.
    La población infantil no ha desarrollado aún la capacidad crítica y valorativa para poder diferenciar entre la realidad y la fantasía presente en la televisión. Así pues, se pone de manifiesto que la influencia de la publicidad en el mundo infantil es relevante tanto en lo que se refiere a productos de consumo de niños como a juguetes anunciados.
    La publicidad de juguetes en televisión deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:
    Ofrecer igualdad de participación del niño y de la niña con el juguete, desarrollando su imaginación y creatividad.
    Posibilitar que el niño y la niña a través del juguete descubra el mundo externo real, enriqueciendo su formación a nivel intelectual, afectivo y social.
    Los anuncios al ir dirigidos a niños y a niñas, no deberían conllevar una serie de cualidades que conformen unos estereotipos rígidos de los propios consumidores.
    No potenciar sentimientos y afectos diferentes en niños y niñas, ni proyectar distintas imágenes del mundo externo para unos y para otros.
    ¿Qué características debería poseer el juguete ideal?
    Ser divertido, ingenioso, atractivo.
    Mantener el interés
    Estimular la fantasía e imaginación
    Adjuntar instrucciones de uso.
    No estropearse fácilmente.
    No estar realizado con materiales nocivos.
    I. Principio de legalidad.
    1. La publicidad infantil de juguetes se ajustará a la legislación vigente, cualquiera que sea su contenido, el medio de difusión o la forma que adopte. Asimismo esta publicidad deberá ser decente, honesta y veraz, en los términos en que estos principios han sido desarrollados por el Código de conducta publicitaria de AUTOCONTROL.
    2. La publicidad infantil de juguetes se ajustará a las exigencias de la buena fe y los buenos usos mercantiles, cualquiera que sea su contenido, el medio de difusión o la forma que adopte.

    ResponderEliminar
  3. continuación...
    II. Principio de lealtad
    III. Presentación de los productos
    V. Presión de ventas
    VI. Apoyo y promoción a través de personajes y programas
    VII. Identificación de la publicidad
    21. Los anuncios de juguetes dirigidos a menores deben separarse claramente de los programas. Situaciones, escenarios y estilos evocadores de los programas no deben usarse de manera que los menores puedan confundir o no distinguir con claridad los contenidos publicitarios de la programación.
    VIII. Presentaciones comparativas
    22. Las presentaciones comparativas deben ser demostradas de manera que los menores las entiendan con claridad, apoyándose en justificaciones válidas y adecuadas. Así, la publicidad comparativa debe promocionar información real. Las comparaciones no deben representar falsamente a otros productos o versiones previas del mismo producto.
    IX. Promociones, sorteos, concursos y clubes infantiles
    23. El mensaje publicitario que incluya una promoción real deberá diseñarse de tal forma que, además de transmitir el mensaje relativo al incentivo promocional, muestre claramente el producto anunciado.
    24. Las condiciones esenciales de las ofertas promocionales deben expresarse en la publicidad con sencillez y claridad, de forma que resulten fácilmente legibles y comprensibles por los menores.
    25. Los sorteos incluidos en anuncios de juguetes no deberán generar expectativas irreales sobre las posibilidades de ganar o sobre el premio que se puede obtener.
    26. Con el fin de evitar inducir a error a los menores, sólo podrá hacerse referencia a clubes infantiles en la publicidad de juguetes si se cumplen los siguientes requisitos: 1 Interactividad , 2 Continuidad , 3 Exclusividad.
    X. seguridad
    Los anuncios no deben presentar a niños en situaciones inseguras, llevando el equipo de seguridad necesario.
    No deben incitar al niño a realizar actos peligrosos o incitar a ir a lugares extraños o con desconocidos.
    Los productos deben mostrarse adecuados para la edad.
    Deben aparecer adultos supervisando a los niños y acompañarlos en lugares públicos.
    XI. Educación y valores cívicos
    La publicidad infantil no presentará escenas sexuales, ni lenguaje obsceno, ni fomenten la discriminación.
    Se evitara hacer sesgos de género en la presentación de los juguetes.
    Se evitara presentar directamente el cuerpo de los hombres y las mujeres
    XII. Protección de datos
    No se podrá tratar datos de menores de 14 años sin el consentimiento de sus padres.
    No se puede recabar información sobre los demás miembros de la familia, sin el consentimiento de sus padres.
    La información dirigida a los niños deberá presentarse en un lenguaje comprensible para ellos.

    ResponderEliminar
  4. Normas de aplicación del código
    Las empresas miembros de AEFJ (lista de empresas adheridas se hace pública)se compromete a respetar en su publicidad las anteriores normas, así como las resoluciones del Jurado de Publicidad de AUTOCONTROL.
    Podrán plantear reclamaciones por infracción de normas a este código:
    Las empresas adheridas al código
    La AEFJ
    Asociaciones de consumidores
    Autocontrol
    Las administraciones públicas
    Cualquier empresa o asociación
    Los propios consumidores
    Para la aplicación, tramitación, solución, de las reclamaciones el Jurado de la Publicidad se regirá en su actuación por los principios de independencia, transparencia , eficacia, legalidad y libertad de elección.
    Dilucidando al final si se ha producido una vulneración de las mismas y su gravedad.
    El Jurado decidirá quien correrá con los gastos administrativos de la tramitación, si la estimación fuere parcial cada parte abonará sus gastos.
    Estarán exentos de pagar los gastos administrativos:
    Las asociaciones de consumidores.
    Los consumidores individuales.
    La Comisión de Seguimiento.
    Las empresas se comprometen a enviar Autocontrol todos los anuncios de juguetes para un examen de consulta previa, además puede enviar al Gabinete Técnico de Autocontrol otras piezas dirigidas a menores para su estudio. En caso de desacuerdo el anunciante puede solicitar la revisión del Jurado, que decidirá la modificación del anuncio. Siendo esta decisión vinculante.
    Las funciones de la comisión de seguimiento serán:
    Evaluara periódicamente la aplicación del código.
    Realizará propuestas de mejora y revisión del código
    Conocerá periódicamente los informes que le presenta Autocontrol acerca del cumplimiento del código.
    Podrá presentar reclamaciones si estima que se haya producido una infracción del código.
    La Comisión examinará las reclamaciones realizadas por los consumidores con el fin de averiguar si se presentan indicios de infracción.
    Formarán la comisión de seguimiento:
    El Instituto Nacional de Consumo.
    El Defensor del Menor
    Tres representantes de las asociaciones de consumidores
    Usuarios inscritos en el Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios
    Tres representantes de AEFJ
    Un representante de AEA
    Un representante de Autocontrol ( sin voto)

    ResponderEliminar